El Gobierno español ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación, una norma que sustituye la legislación de 1984 para adaptar este derecho fundamental a la realidad de los medios de comunicación digitales y la proliferación de la desinformación («fake news»). Esta actualización cumple una función esencial en la tutela de derechos como el honor y la libre recepción de información veraz.
Obligación de Rectificar para Usuarios Relevantes
La principal novedad es la extensión del ámbito de aplicación. A partir de ahora, no solo los medios de comunicación (tradicionales y digitales) podrán ser objeto de una solicitud de rectificación. La norma incorpora la obligación a los usuarios de plataformas en línea «de especial relevancia» (conocidos popularmente como influencers).
Se consideran usuarios de especial relevancia aquellos que posean:
- 100.000 seguidores en una única plataforma en línea.
- 200.000 seguidores de forma acumulada en varias redes sociales.
Mecanismos y Plazos de la Rectificación Digital
La Ley refuerza la efectividad del derecho mediante nuevos requisitos procedimentales:
- Mecanismo Visible: Los medios digitales y los usuarios de especial relevancia deben establecer un mecanismo accesible y visible para que los ciudadanos puedan enviar fácilmente la solicitud de rectificación.
- Aviso Aclaratorio: Para las informaciones difundidas en redes sociales, el contenido original objeto de la solicitud deberá reflejar un aviso aclaratorio indicando que ha sido rectificado.
Finalmente, la reforma agiliza el procedimiento judicial en caso de desacuerdo y amplía la protección a los fallecidos, permitiendo a cualquier persona prohibir en su testamento el uso de su voz o imagen con fines comerciales o publicitarios tras su